Cuando fallece una persona, los familiares de esta se hacen cargo de sus bienes, siendo la vivienda uno de los que genera más problemas. Ángel Seisdedos, CEO de Leggado, da las claves para saber cómo se reparte la herencia de una casa con o sin testamento.
Cuando fallece una persona, los familiares de esta se hacen cargo de sus bienes, siendo la vivienda uno de los que genera más problemas. Ángel Seisdedos, CEO de Leggado, da las claves para saber cómo se reparte la herencia de una casa con o sin testamento.
Antes de empezar a explicar cómo se reparte la herencia de una casa, es importante saber qué es una herencia.
Según el Código Civil, herencia son los bienes, derechos y obligaciones de una persona, los cuales se extienden más allá de su fallecimiento.
De esta manera, después de la muerte de una persona, se reparte todo lo que le ha pertenecido. Todo, incluidas las deudas.
Pero todo se complica cuando lo heredado son bienes indivisibles, o cuando se hereda solamente una parte del inmueble o hay cónyuges usufructuarios. El usufructo es un derecho de uso y disfrute de un bien que salvo renuncia de la persona son vitalicios, el usufructuario no puede vender, pero sí que puede disfrutar de esta propiedad, incluso alquilarla.
Estas son las posibles situaciones que pueden darse:
Es relativamente sencillo, basta con cumplir el deseo del testador, a fin de cuentas, el testamento es un acto de última voluntad de la persona para con sus bienes.
Pongamos el típico caso de un testamento abierto, que es el más común y suele tener esta fórmula testamentaria:
"[?] todos mis bienes y derechos a mis hijos por partes iguales [?]"
No se trata siempre de dividir entre los hijos el valor de la vivienda y transmitirla a quienes figuran en la escritura.
Es más complicado que eso. Aquí entran otros bienes y derechos, ya que las cuentas bancarias, bonos, fondos, acciones o cualquier otra fórmula también forman parte del activo de la herencia.
A lo que también hay que restarle las deudas que el testador no hubiera satisfecho, deudas públicas o privadas. Da igual. A esto se le conoce como el cálculo del caudal hereditario y es por decirlo en términos no técnicos el resultado de lo que suma y lo que resta.
En este caso habría que ajustar los demás bienes frente a la vivienda y entonces hacer la división del bien entre los que están llamados a heredar.
Aquí es donde más problemas podemos encontrarnos, según Ángel Seisdedos, ya que de no existir testamento que rige la voluntad de la persona fallecida hay que aplicar la ley en sentido estricto.
Para repartir una herencia cuando no existe testamento hay que pensar en un pastel de tres trozos con las diferentes "sub" herencias y son las siguientes:
El Código Civil en el artículo 806 define que la legítima de una herencia es la porción de bienes que el testador no puede disponer por haber reservado ésta a determinados herederos, a quienes se les conoce como "herederos forzosos".
Los herederos forzosos son los descendientes, en su defecto los ascendientes y en su defecto el viudo o viuda.
Cuando no existe testamento, la vivienda pasa a ser heredada por los familiares del difunto, pudiéndose dar las siguientes circunstancias: