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¿Con qué antelación debe avisar el casero de una subida del alquiler o que debo dejar la vivienda?

El casero deberá avisarte con un mes de antelación si va a actualizar el precio del alquiler y con cuatro meses si no quiere renovar el contrato de arrendamiento pasados los cinco años

Estas viviendo en un piso de alquiler y te asaltan dudas como: «si el casero me sube el alquiler, ¿con cuánta antelación me avisará para analizar si puedo asumir la subida?» o «si el propietario no quiere renovar el contrato, ¿con cuánto tiempo me avisará para buscar otro inmueble?«.

Para que dejes de preocuparte, debes saber que el propietario de tu vivienda de alquiler no puede tomar estas decisiones y aplicarlas de inmediato, siempre deberá darte un plazo de tiempo. A continuación, te sacamos de dudas tanto si necesitas saber con cuánto tiempo te debería avisar de un aumento del precio del alquiler o de la finalización del arrendamiento. ¡Atento!


Se debe notificar una subida del alquiler con un mes de antelación

Los propietarios de viviendas de alquiler están obligados a comunicar por escrito y con un mes de antelación el porcentaje de subida de la renta. Además, la subida del precio del alquiler solo se producirá si arrendador y arrendatario lo pactasen. El artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) especifica que «la renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística».

Recordamos que mientras el contrato de arrendamiento está vigente, el propietario no puede subir alegremente la renta. Lo que podrá hacer es actualizarla aplicando el Índice de Precios al consumo (IPC). Y para que se puedan realizar subidas en el precio, debe aparecer la posibilidad detallada en el contrato. Las subidas se aplican habitualmente un mes antes de que se cumpla el año de contrato. Si el IPC del mes anterior es positivo, la renta sube y, si es negativo, esta baja. Los inquilinos que quieran conocer los datos de este índice podrán averiguarlo fácilmente a través de Internet, en unos clics.

Las actualizaciones de precio suelen aplicarse un mes antes del cumplimiento de un año de contrato de arrendamiento. Si el casero va a aplicar una subida, deberá preavisar con un mes de antelación

Por otro lado, la renta puede subir cuando finaliza el contrato de alquiler y se va a formalizar un nuevo contrato de arrendamiento. De todas formas, el casero deberá preavisar al inquilino con la antelación prevista legalmente.

4 meses de preaviso para finalizar el arrendamiento

Desde el 6 de marzo de 2019, los propietarios de viviendas alquiladas que firmaron contratos a partir de dicha fecha están obligados a comunicar a lo inquilinos con cuatro meses de antelación -y no con 30 días como antes-, la no renovación del contrato tras su finalización tras 5 años.

Pasados los cinco años de la firma del contrato de arrendamiento, si el casero no quiere renovarlo, deberá avisarte con cuatro meses de antelación

De hecho, si el propietario no lo comunica con el debido plazo, corre el riesgo de que el arrendamiento se prorrogue por 3 años, según recoge el Real Decreto Ley 7/2019 de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler. Eso sí, esto se da cuando, llegada la fecha de vencimiento del contrato, el arrendador como persona jurídica no comunica su voluntad de no renovarlo con cuatro meses de antelación. Por su lado, el inquilino también está obligado a comunicar con antelación si pretende dejar la vivienda cuando el contrato cese, pero en este caso, deberá hacerlo con solo dos meses de antelación.

Si el inquilino no lo comunica, podría tener que cumplir otra anualidad completa o bien pagar una penalización. En el caso de que ninguna de las partes comunique nada y el contrato de alquiler se prorrogue por un año hasta un máximo de tres, el inquilino podrá comunicar que dejará la vivienda con un mes de antelación.

¿Pueden pedirte que dejes la vivienda antes de que finalice el contrato?

A la pregunta «¿pueden echarme del piso en cualquier momento?», la respuesta fácil es un no. Sin embargo, siempre hay excepciones.

Si el propietario, siempre que sea una persona física, necesitara la vivienda para él mismo o un familiar de primer grado (hijos, padres o cónyuges), podría recuperarla. Eso sí, para ello deberá haber pasado al menos un año del contrato de arrendamiento y esta posibilidad tiene que estar prevista en el contrato. En este caso, además, deberá haber avisado al inquilino con al menos dos meses de antelación.

La normativa también establece que si has dejado la vivienda y el propietario o sus familiares aún no la han ocupado, tendrás derecho a volver o pedir una indemnización.

Más info: https://www.fotocasa.es/fotocasa-life/alquiler/con-que-antelacion-debe-avisar-el-casero-de-una-subida-del-alquiler-o-que-debo-dejar-la-vivienda/?stc=em-marketing-boletin_fotocasa_life-481-250222_b