2020 no ha sido un año normal, en absoluto. Y estas Navidades tampoco lo serán. Por un lado, el Gobierno y las comunidades autónomas recomiendan a las familias reunirse lo menos posible y, en caso de hacerlo, tomando las debidas medidas de seguridad. Por el otro, los expertos ? científicos, médicos, epidemiólogos ? llaman a evitar cualquier reunión social innecesaria, que pueda aplazarse, para celebrarla en verano. ¿El objetivo? Evitar la temida tercera hola. Ver más.
Más del 3% de los 43,1 millones de los inmuebles de España están en venta o alquiler.Si bien la COVID-19 ha influido en el sector cambiando la manera de elegir un inmueble y acelerando decisiones debido a la cierta inestabilidad, en estos momentos encontramos 4,3 millones de anuncios de inmuebles en los principales portales del país. El 70% de estos anuncios son de viviendas. Del total general el 85% de los inmuebles están en venta y el 15% están destinados al alquiler. Son datos del último estudio del colectivo API de Catalunya. Ver más.
El pago de la plusvalía municipal tras vender o heredar una vivienda es una pregunta frecuente que se plantean los vendedores o compradores para no tener problemas fiscales.El impuesto municipal como es sabido grava el incremento de valor de los inmuebles de naturaleza urbana cuando se produce una transmisión. Ver más.
Consejo General de los COAPI de España: "Los datos demuestran la fortaleza del sector inmobiliario para afrontar el 2021"Jaime Cabrero, tesorero del Consejo General y presidente del COAPI de Madrid, hace una lectura positiva de la estadística y destaca que "aunque la variación anual es inferior a la que se produjo el año pasado, el precio de la vivienda sigue aumentando, lo que demuestra que el sector inmobiliario sigue resistiendo el impacto de la pandemia". Ver más.
El artículo 618 del Código Civil dispone que la donación es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta. Además, el artículo 640 del mismo marco legal nos ofrece la respuesta a la cuestión que se plantea cuando menciona: "También se podrá donar la propiedad a una persona y el usufructo a otra u otras, con la limitación establecida en el artículo 781 de este Código". Ver más.